Consultar y retirar los fondos de cesantías del IESS

Última actualización el 24 de marzo de 2022

Las cesantías del IESS son un fondo de ahorro obligatorio para los empleadores, su objetivo es servir de apoyo para trabajadores que por causas involuntarias se queden sin empleo. Es decir, funcionan como una especie de ahorro para los empleados.

Existen una serie de requisitos y condiciones que los trabajadores deben cumplir para poder hacer uso de estos fondos. ¿Le gustaría saber cuáles son? Le hemos preparado toda la información en la guía que puede ver a continuación.

¿Qué son las cesantías del IESS?

Cumpliendo con la misión de proteger la seguridad social de los ciudadanos, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social – IESS ofrece la oportunidad a sus afiliados de obtener un seguro de desempleo o las IESS cesantías en caso de encontrarse en un periodo no laboral.

Como mencionamos, se trata de un beneficio otorgado a todas las personas afiliadas al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. Este fondo se obtiene a partir del aporte monetario que realizan de forma mensual los empleadores, su finalidad es amparar a aquellos trabajadores que puedan quedarse sin empleo.

A diferencia de otros programas, las cesantías del IESS pueden ser aprovechadas tanto por personas que hayan perdido su empleo por razones ajenas a su voluntad, como por aquellas que hayan tomado la decisión de renunciar.

El dinero es acumulado a la cuenta individual de cada trabajador de forma mensual, y se obtiene a partir del aporte del 3% del salario que perciba el trabajador, donde el 1% lo paga el empleador y el 2% le corresponde directamente al empleado.

Paso a paso para tramitar las cesantías del IESS

Lo primero a considerar es que el trámite para la solicitud de las cesantías del IESS se realiza de forma virtual, por lo que es necesario acceder al portal del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social para su tramitación. De esta forma:

  1. Ingresa al portal IESS www.iess.gob.ec, elige la opción trámites virtuales > Afiliados > Servicios en línea
Servicio en linea
  1. Haz clic en la opción de Cesantías. Se abrirá una ventana presentando datos personales, estado de la cuenta y si cumple con los requisitos exigidos.
Consultar y retirar los fondos de cesantías de IESS
  1. De cumplir con los requisitos el sistema te habilitará la opción de Continuar, al presionarla se abrirá otra ventana donde se mostrará la cantidad solicitada. Haz clic nuevamente en Continuar.
IESS Seguro de Desempleo
  1. Por último, surgirá el «acuerdo de notificación» donde podrás certificar la orden de pago. Da clic en Continuar, una vez más, y finalmente acepta la solicitud.

IESS Cesantías: Requisitos para solicitar el retiro de los fondos acumulados

A nivel general, los requisitos son los siguientes:

  • Cualquier afiliado tiene la posibilidad de solicitar el retiro de sus fondos acumulados, con la condición de que haya cumplido con el pago de este aporte, mínimo, por un periodo de dos años.
  • No es esencial que este pago se derive de un solo empleador, en otras palabras, los pagos pueden provenir de diferentes lugares de trabajo
  • El periodo acumulado debe superar los 24 meses.
  • Es necesario que el afiliado cuente con más de sesenta días sin laborar.

Si se cumplen con estas condiciones, hay que consultar a qué tipo de afiliados pertenecemos para evaluar los requisitos acordes a la situación.

1. Requisitos para solicitud de cesantías bajo relación de dependencia

Forman parte de este grupo todas aquellas personas que establecen un vínculo con un empleador, a través de un contrato laboral, en donde se establece que, por la prestación de sus servicios, el trabajador obtendrá una remuneración económica y demás beneficios en caso de que los hubiere. Quienes pertenezcan a este grupo y deseen solicitar cesantías deben:

  • Disponer de 24 aportaciones mínimas al fondo de ahorro.
  • Tener mínimo 60 días sin empleo.
  • Poseer la clave de afiliado al Instituto Ecuatoriano de Seguro Social.
  • Disponer de una cuenta bancaria activa y haberla registrado en el IESS.
  • Contar con una certificación o justificativo de la situación laboral. Es decir, un documento donde se indique que no se cuenta con trabajo, el cual, debe ser emitido por una autoridad o inspector laboral.
  • No tener activo un préstamo quirografario.

Los préstamos quirografarios son pequeños créditos que son otorgados a los afiliados del Instituto Ecuatoriano de Seguro Social y que proporcionan liquidez casi de manera inmediata para poder suplir gastos improvistos o gastos de consumo.

2. Requisitos para solicitud de cesantías por permiso de paternidad o maternidad

Aquellos afiliados que decidan hacer uso de los fondos de cesantías motivados al nacimiento de un hijo, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • En primer lugar, poseer el permiso registrado de maternidad o paternidad en el sistema de Historia Laboral.
  • En segundo lugar, el trámite de solicitud debe iniciarse en los tres días siguientes a la terminación del permiso remunerado.
  • Por lo general, este uso es solicitado por padres que desean extender su permiso por paternidad, el cual puede llegar a durar hasta 9 meses.

3. Requisitos para solicitud de cesantías para afiliados voluntarios y jubilados

De igual maneras, los afiliados bajo condición de voluntarios o jubilados tienen la oportunidad de disfrutar de este beneficio y pueden solicitar sus cesantías, que le será otorgado de la siguiente forma:

  • Se trata de una solicitud inmediata, por lo que no es necesario contar con un periodo de tiempo sin trabajar.
  • No exige un número de aporte específico.
  • Los afiliados bajo estas condiciones igual deben disponer de una clave IESS.
  • Contar con una cuenta bancaria activa, y debidamente registrada en el Seguro Social.
  • No disponer de solicitudes registradas del Seguro de Desempleo.
  • No contar con préstamos quirografarios vigentes, los cuales ya explicamos en nuestro apartado anterior.

4. Requisitos para solicitud de IESS cesantías para familiares de afiliados fallecidos

Según lo establecido por la normativa del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social los familiares o cónyuges de afiliados que fallezcan, tienen la posibilidad de solicitar el cobro de los fondos disponibles en sus cuentas individuales. Para hacerlo, deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Poseer certificado original de defunción.
  • Disponer de fotocopia de la cédula de identidad del afiliado fallecido.
  • Contar con acta de matrimonio o certificado de unión civil en el caso de los cónyuges.
  • Los cónyuges e hijos mayores deben entregar una fotocopia de la cédula de identidad. En caso de menores que no la posean, deberán hacer entrega de una fotocopia de la partida de nacimiento.
  • Certificado bancario, en donde se exprese el número de cuenta bancaria de los beneficiarios.

Preguntas frecuentes relacionadas con las IESS cesantías

Consulta algunas de las dudas más frecuentes que se presentan durante los procedimientos relacionados con la solicitud de la IESS cesantías.

¿En cuánto tiempo se hace efectivo el dinero de las cesantías del IESS ?

Una vez se cumplan los requisitos y con cada uno de los pasos para realizar la solicitud de las cesantías del IESS, el dinero será depositado en la cuenta destino en un periodo no mayor a días laborales. Ahora bien, quienes se hayan acogido al permiso por maternidad o paternidad empezarán a disfrutar de este beneficio luego de cumplirse los 60 días de haber registrado la solicitud.

En caso de que el afiliado fallezca, ¿Qué pasa con los hijos menores de edad?

Cuando un afiliado fallece los hijos menores de edad no pueden exigir la compensación de forma directa. Deben contar con un representante legal quien será el encargado de disponer o resguardar el dinero hasta que cumplan la mayoría de edad.

¿Las IESS cesantías pueden utilizarse con otro beneficio?

Para poder disfrutar del beneficio de la IESS cesantías, como comentamos, es requisito encontrarse solvente y no disponer de ningún tipo de crédito quirografario. Por otra parte, los afiliados cuentan con la posibilidad de disfrutar de las cesantías junto a la opción de Seguro de Desempleo.

Para poder disfrutar de este servicio es necesario que se defina desde el mismo momento en el que se realiza la solicitud. Quienes estén interesados tendrán la oportunidad de disfrutar del Seguro de Desempleo por 5 meses y al finalizar este periodo contar con el depósito adicional del aporte de las cesantías. Por otro lado, es importante considerar que una vez se registren en el sistema alguna actividad productiva ambos beneficios serán suspendidos.

¿Qué es la cesantía dolosa?

Se trata de un tipo de fraude el cual surge cuando un afiliado que ya solicitó su cesantía, continúa trabajando por el periodo de 60 días que debe durar sin vínculo laboral. En este caso, se emite una multa con retención de la cantidad total que el afiliado tiene acumulado en su cuenta individual.

Datos de contacto IESS

Para ponerte en contacto con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social puedes acceder a su portal web, www.iess.gob.ec y rellenar el formulario digital para ser atendido por un funcionario, de acuerdo al tipo de servicio por el que estés interesado.

Otra opción es contactar con sus profesionales a través de las redes sociales @iessecu en Facebook e Instagram y @iessec en Twitter. Dejando tu motivo de consulta, bien sea en las publicaciones o a través de mensajes directos. Si prefieres las formas tradicionales tienes la posibilidad de realizar tus preguntas, sugerencias, quejas o felicitaciones marcando al número de atención al ciudadano: (02) 3945 666, en el horario de atención de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

¿Te interesa conocer acerca de otros trámites relacionados con el IESS? Consulta nuestro portal y encuentra la información que andas buscando.

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2 comentarios

  1. En mis fondos de cesantía tenia una cierta cantida de dinero pero a hora hay una mínima no e echo ningún trámite. Me pueden ayudar

  2. BUENAS DESDEO RETIRAR MIS FONDOS DE CESANTIA TENGO MAS DE 60 DIAS CESANTE, 26 APORTACIONES DISPONIBLES, TENGO UN PRESTAMO AL DIA QUE DESEO REALIZAR EL CRUCE PERO LA PAGINA NO ME PERMITE. COMO PUEDO PROCEDER

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